Algunas Cuestiones Sobre El Día Del Empleado De Comercio

Fuente: Contador Christian Cuccurullo

El 26 de septiembre de cada año se celebra el Día del Empleado de Comercio en la Argentina. Solo por este año, la Federación Argentina de Empleados de Comercio, la Cámara de Comercio Argentina, la Unión de Entidades Comerciales Argentinas y la Confederación Argentina de la Mediana Empresa, acordaron trasladar su conmemoración del día 26 al 29 de septiembre.

Siguiendo con este tema, hay algunos interrogantes respecto a la remuneración del mismo. Por ejemplo si ese día se abona aparte?, si el empleado lo trabaja: como se le abona? La repuesta al primer interrogante es que es análogo a un feriado nacional, o sea que el empleado no debe trabajarlo y sí ser abonado, con el detalle que debe discriminarse en el recibo de sueldo, por lo tanto se liquidarán y expondrán 29 días y 1 Día del gremio. Respecto a si el empleado lo trabaja, la liquidación se expondrá de la forma explicada ut supra, y también se liquidara un día extra más (por ese feriado trabajado), el cual se calcula dividiendo el sueldo por 25 días.

 

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